Fiscal y TributarioLas deducciones en la declaración de la Renta

09/05/2018

Las deducciones en la declaración de la Renta

En el presente artículo abordaremos el asunto de las deducciones en la declaración de renta del ejercicio 2017.

En primer lugar cabe señalar que existen deducciones estatales y autonómicas, puesto que, la normativa del IRPF atribuye a las comunidades autónomas la posibilidad de establecer una serie de deducciones.

Las deducciones estatales más conocidas para el gran público son la de adquisición, construcción o ampliación de vivienda habitual, y la de alquiler de vivienda habitual, pues bien, hay que tener muy presente que estas deducciones fueron suprimidas y que su aplicación se encuentra sometida a un régimen transitorio conforme al cual únicamente pueden aplicar dichas deducciones los contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:

  • La deducción por adquisición construcción o ampliación de vivienda habitual la podrán aplicar los contribuyentes que ya vinieran aplicándola en su declaración de renta con anterioridad al 01/01/2013 y podrán aplicar una deducción del 15% de las cantidades pagadas en el ejercicio para la adquisición de su vivienda, siendo la base máxima de deducción 9.040 euros tanto en tributación individual como en tributación conjunta.
  • La deducción por alquiler de vivienda habitual la podrán aplicar aquellos contribuyentes que hubieran tenido derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por dicho concepto, en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015, debiendo, además, mantener en vigor el contrato de arrendamiento y tener una base imponible inferior a 24.107,20 euros tanto en tributación individual como en tributación conjunta.

Dicho esto, existen otras deducciones estatales que no son tan conocidas por el gran público y que en función de cada caso específico podría contemplarse su aplicación, así como el otro paquete de deducciones que son las autonómicas y que varían en función de las deducciones aprobadas por cada comunidad autónoma y que podrán ser aplicadas por el contribuyente en función de su lugar de residencia, éstas son las que probablemente resultan más desconocidas para el ciudadano y ello en gran parte porque no son contempladas en ningún caso en los borradores de declaración que confecciona la Agencia Tributaria, suponiendo una pérdida económica importante para el contribuyente, puesto que, en muchas ocasiones por desconocimiento el contribuyente confirma los cálculos que le son ofrecidos por la Agencia Tributaria y deja de deducir cantidades que en ocasiones pueden resultar bastante sustanciosas.

Por todo lo expuesto en el presente artículo, desde este despacho nos ponemos a su disposición para asesorarle de la manera más correcta y ventajosa para sus intereses en la confección de su declaración de renta.