¿Es posible el establecimiento de una guarda y custodia compartida ante la existencia de un procedimiento penal por un presunto delito de violencia de género?
Es bien sabido que el vigente artículo 92 del Código Civil, en su apartado séptimo, impide el establecimiento de una guarda y custodia compartida cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual...